sábado, abril 07, 2007

El Consejo Comunal de la Urb. Obrera Municipal Lídice

¿QUE NOS HACE ESTAR SEPARADOS?: según el articulo 4 #1 de la Ley de Los Consejos Comunales (10-04-2006), se entiende como comunidad al conglomerado social de familias, ciudadanos y ciudadanas que habitan en un área geográfica determinada, que comparten una historia e intereses comunes, se conocen entre sí, usan los mismos servicios públicos y comparten necesidades y potencialidades similares: económicas, sociales, urbanísticas y de otra índole. El #3, indica que el área geográfica de la comunidad la establece una Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas de acuerdo con las particularidades de cada comunidad;. El #4, que a los efectos de la participación protagónica, planificación y gobernabilidad, las comunidades urbanas se agrupan entre 200 a 400 familias según los criterios técnicos y sociológicos.-
La Urb. Obrera Municipal Lídice(1.943), tiene un solo y único nombre, una rica historia en nada semejante a otras comunidades, dispone de servicios públicos básicos que necesitan total mantenimiento/renovación y su territorio esta definido en los documentos que certifican su origen. ¿Cómo explican los promotores provisionales de varios Consejos Comunales en la Urb. Lídice a los Ciudadanos y Ciudadanas que la comunidad esta formada por 200 o 400 familias y no de un colectivo más grande?; ¿Que servicios públicos en particular utilizan los vecinos que habitan en Los Altos, El Parque, La Moscú, La Laguna, Los Lotes, Calle Los Teques, Campo Elías, que los hace estar separados, cuando son los mismos servicios y proveedores?; ¿Reducir la concepción de comunidad solo a la inmediatez de contar 200 familias, en su mayoría sin ánimos de participar para conseguir unos millones con el objetivo de solucionar un problema de una zona en particular y no plantear proyectos colectivos?. ¿De 11 ámbitos vecinales pasaremos a 33 Consejos Comunales, quedando igual que las Asociaciones de Vecinos?.
prolidice@gmail.com 0412-2958181

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